Sonora .- En una sesión legislativa de más de cinco horas, por decisión de la mayoría del Congreso del Estado, encabezada por los diputados de Morena y sus aliados, quedó aprobada la nueva Ley Orgánica de la Universidad de Sonora que sustituirá a la Ley 4 que tenía 30 años rigiendo la vida de la Máxima Casa de Estudios.
Entre otras modificaciones, la nueva legislación establece la elección del titular de rectoría, de los responsables de facultades interdisciplinarias y de los departamentos con la participación de los estudiantes, trabajadores y académicos.
La reforma eliminó la figura de la Junta Universitaria, de las Vicerrectorías y de las Divisiones, mientras que creó el Colegio Universitario, los Colegios de Facultades Interdisciplinarias y los Colegios Departamentales.
Cómo se elegirá al rector
Entre otras facultades, Colegio Universitario tendrá la de elegir a la persona titular de Rectoría, de la terna que le presente el Colegiado Permanente de Asuntos Electorales.
El procedimiento estipulado para designar al rector o rectora dependerá de la Comisión Electoral, nombrada por el Colegiado Permanente de Asuntos Electorales, que emitirá una convocatoria que establezca detalladamente los procedimientos para seleccionar a las personas candidatas a la Rectoría.
En dicha convocatoria se establecerán los requisitos cualitativos que deberán cumplir los aspirantes, relativos a la experiencia, méritos y propuesta del plan de trabajo que se tomarán en cuenta en una primera etapa de evaluación.
Con esta evaluación, la Comisión Electoral realizará una selección de aquellos que participarán en el proceso de consulta a fin de conocer las preferencias de la comunidad universitaria. En esta consulta la opinión de los académicos tendrá un valor ponderado de 48.0%; de los alumnos, 48.0% y 4.0% del personal manual y administrativo.
La Comisión Electoral con base en los resultados vinculantes de la consulta universitaria designará como candidatos para ocupar la titularidad de Rectoría a los tres aspirantes que hayan obtenido el mayor porcentaje del voto de la comunidad universitaria.
Finalmente, el Colegio Universitario contará con un plazo de 30 días naturales, a partir de recibida la terna, para realizar la elección del rector o rectora, requiriéndose para ello una mayoría de dos terceras partes del total de los integrantes del órgano colegiado.
En el caso de que en la primera ronda no se alcance mayoría calificada, se procederá a una segunda ronda que se elegirá por mayoría simple. Si transcurrido el plazo no lo hubiera hecho, el candidato con el mayor porcentaje de votos será designado como rector de la Universidad de Sonora.
Fuente/Reportero: Guillermo Frescas/Expreso.

