
28 de junio 2021
México .- Con ocho votos a favor , la Suprema Corte de Justicia de la Nación aprobó las reformas a los artículos que prohibían el uso lúdico de la mariguana y se abre la puerta para se obtengan un permiso de la Secretaría de Salud para el consumo y también para que puedan adquirir, sembrar, cultivar, cosechar, preparar, poseer y transportarlas solo en cantidades para uso personal.
Mientras el Congreso de la Unión no legisle al respecto, la Secretaría de Salud deberá emitir las autorizaciones respectivas sólo a personas adultas para el consumo integral de cannabis y sus derivados, de acuerdo a reglas que debe establecer la Cofepris para el consumo recreativo.
La sentencia de la suprema corte precisa que la autorización no es extensiva, en ningún caso, para importar, comerciar, suministrar o cualquier otro acto que se refiera a la enajenación y/o distribución de las sustancias activas. Además no deberá ser ejercido frente a menores de edad ni en lugares públicos donde se encuentren terceros que no hayan dado su autorización.
Reportero/Fuente: Redacción.

